8153_FORMAELX PRL Operacions de montaje de instalaciones

Prevención de riesgos laborales y medioambientales en las operaciones de montaje de instalaciones

Es responsabilidad del fabricante que los productos que comercializa dispongan del marcado CE. Los productos que no cumplan con éstos requisitos de la ley y/o no dispongan del marcado CE, serán sancionados económicamente y administrativamente, e incluso civil y penalmente. Los equipos de nueva adquisición es obligatorio que lleven, no solo el marcado CE, sino también la declaración CE de conformidad en castellano con el nombre y la dirección del fabricante y descripción de la máquina así como un manual de instrucciones en castellano indicando su instalación, puesta en servicio, uso, mantenimiento… Si los equipos existentes en la empresa son anteriores al 27 de agosto de 1997 que, es la entrada en vigor del R.D. 1215/97, deberán cumplir lo siguiente: - Máquinas o equipos adquiridos con posterioridad al 1 de enero de 1995: el usuario está obligado a garantizar, con un mantenimiento adecuado, que las prestaciones iniciales de la máquina en seguridad se conservarán a lo lardo de la vida de la misma. - Máquinas o equipos adquiridos con anterioridad al 1 de enero de 1995: en general, no llevarán marcado CE, ni declaración CE de conformidad ni manual de instrucciones. Es posible que algunos comercializados a partir del 1 de enero de 1993 ya contaran con ellos. En estos equipos o máquinas se deben identificar y evaluar los riesgos existentes e implantar las medidas oportunas que, como mínimo, se ajustarán a los requisitos de la Legislación. Medidas preventivas en la utilización de herramientas y equipos de trabajo Respecto a su elección , deben ser adecuados al trabajo que se va a realizar y estarán adaptados. Cuando no sea posible garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores, el empresario tomará las medidas adecuadas para reducir tales riesgos al mínimo. Se debe tener en cuenta:

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