OPERADOR DE MUELLE Y TERMINA VOL1

CURSO DE OPERADOR DE MUELLE O TERMINAL EL REGLAMENTO NACIONAL DE ADMISIÓN,

CURSO DE OPERADOR DE MUELLE Y TERMINAL QUE MANIPULEN MERCANCIAS PELIGROSAS EN LOS PUERTOS

Valencia, 13 a 17 Noviembre 2017

7. Código IMDG: transporte marítimo de mercancías peligrosas

CURSO DE OPERADOR DE MUELLE O TERMINAL EL REGLAMENTO NACIONAL DE ADMISIÓN, MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE MERCANCÍAS PELIGROSAS EN LOS PUERTOS IMDG En su 93 periodo de sesiones celebrado en mayo de 2014, el MSC adoptó la Enmienda 37 ‐ 14 al Código IMDG, la cual entró en vigor obligatoriamente el 1 de enero de 2016, y estará vigente hasta el 31 de Diciembre 2017, momento en el que será sustituida por la Enmienda 38 ‐ 16. 2007 2007 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 CÓDIGO IMDG (Enmienda 31 ‐ 06 ) VOLUNTARIO OBLIGATORIO CÓDIGO IMDG (Enmiend 34 ‐ 08 ) VOLUNTARIO OBLIGATORIO 2017 2018 CÓDIGO IMDG (Enmienda 35 ‐ 10 ) VOLUNTARIO OBLIGATORIO CÓDIGO IMDG (Enmienda 36 ‐ 12 ) VOLUNTARIO OBLIGATORIO CÓDIGO IMDG (Enmienda 37 ‐ 14 ) VOLUNTARIO OBLIGATORIO IMDG (Enmienda 38 ‐ 16 ) VOLUNTARIO OBLIGATO R ÍNDICE 1. La Autoridad Portuaria. 2. Generalidades del Reglamento. 3. Mercancías Peligrosas a las que se le aplica el Reglamento. 4. Facultades de la Autoridad Portuaria. 5. Obligaciones de los vehículos que transportan MM.PP. por el interior del puerto. 6. Obligaciones del Operador de Muelle o Terminal. 7. Obligaciones del Capitán del buque. 8. Almacenamiento de MM.PP. en el puerto. 9. Presentación de solicitudes de admisión ‐ notificación de las mercancías peligrosas en el puerto. 10. Autorizaciones emitidas por la Autoridad Portuaria para la admisión de MM.PP. en el puerto. 11. Mercancías peligrosas incluidas en el Artículo 15 del Reglamento.

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12. Transbordos con estancia en muelle de mercancías peligrosas incluidas en el Artículo 15 del Reglamento.

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