OPERADOR DE MUELLE Y TERMINA VOL1
CURSO DE OPERADOR DE MUELLE Y TERMINAL QUE MANIPULEN MERCANCIAS PELIGROSAS EN LOS PUERTOS
El Acuerdo RID considera a una empresa estibadora o una terminal portuaria como un • "Cargador" , porque carga un contenedor, un contenedor para gráneles, un CGEM, un contenedor cisterna o una cisterna portátil sobre un vagón, o un • “Llenador o estibador” , porque carga las mercancías peligrosas en una cisterna (vagón cisterna, vagón con cisternas desmontables, cisterna portátil o contenedor ‐ cisterna) o en un vagón ‐ batería, o en un CGEM o en un vagón, en un gran contenedor o en un pequeño contenedor para gráneles • “Descargador" , porque retira un contenedor, un contenedor para gráneles, un CGEM, un contenedor cisterna o una cisterna portátil de un vagón; o porque descarga mercancías peligrosas de una cisterna (vagón cisterna, cisterna fija, cisterna portátil o contenedor ‐ cisterna) o de un vagón ‐ batería, de un CGEM o de un vagón, de un gran contenedor o de un pequeño contenedor para el transporte a granel o de un contenedor para gráneles. El Acuerdo RID exige a las empresas que realizan acciones en el transporte por ferrocarril de mercancías peligrosas que formen a su personal. Las personas empleadas por los participantes, cuyo campo de actividad comprenda el transporte de mercancías peligrosas, deberán estar formados de manera que responda a las exigencias que su campo de actividad y responsabilidad imponga en el transcurso del transporte de mercancías peligrosas. Los empleados deben ser formados antes de asumir responsabilidades y no pueden asumir funciones para las cuales no recibieron aún la formación requerida bajo la vigilancia directa de una persona formada. Iniciación El personal debe familiarizarse con las prescripciones generales de las disposiciones relativas al transporte de mercancías peligrosas . Formación específica El personal deberá haber recibido una formación detallada, proporcional a sus tareas y responsabilidades, en relación con las disposiciones de los reglamentos relativos al transporte de mercancías peligrosas. Formación en materia de seguridad El personal deberá haber recibido una formación que abarcará los riesgos y peligros que representan las mercancías peligrosas, y su profundidad será proporcional a los riesgos de lesiones o de exposiciones a que el personal está expuesto en caso de incidente durante el transporte de mercancías peligrosas, comprendidas su carga y descarga. La formación impartida tendrá por objeto sensibilizar al personal en los procedimientos a seguir en la manipulación en condiciones de seguridad y en las intervenciones de urgencia. La formación deberá ser completada periódicamente con cursos de reciclaje para tener en cuenta los cambios producidos en la reglamentación. .
CURSO DE OPERADOR DE MUELLE O TERM
DE MERCANCÍAS PELIGROSAS. Y RESPONSABILIDADES
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