OPERADOR DE MUELLE Y TERMINA VOL1

Procedimiento de tramitación de mercancías peligrosas en el Puerto de Barcelona

DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS PELIGROSAS

Procedimiento de tramitación de mercancías peligrosas en el Puerto de Barcelona

Capítulo II: Descripción general del procedimiento de tramitación de mercancías peligrosas Este capítulo presenta el procedimiento general definido de común acuerdo entre las Autoridades Portuarias de Barcelona, Bilbao y Valencia junto con el Ente Público Puertos del Estado en relación a la tramitación de mercancías peligrosas. En los capítulos posteriores se detalla la forma de aplicación de este procedimiento general al Puerto de Barcelona. Artículo 5.- Descripción general del procedimiento de tramitación de mercancías peligrosas 5.1 El procedimiento de tramitación de mercancías peligrosas que aquí se describe se basa en el gráfico mostrado en la figura 1 y tiene tres funciones diferenciadas que se comentan a continuación. 5.2 La primera función incluye las comunicaciones que se establecen entre el Operador del Buque que transporta la mercancía y las autoridades competentes en la autorización de entrada de mercancías en el recinto portuario (Autoridad Portuaria y Capitanía Marítima), Operadores de muelle o terminal y la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima, SASEMAR (a nivel local), y consiste en comunicar a las citadas autoridades competentes la próxima llegada de mercancía peligrosa a las zonas portuarias y permitir la actuación de éstas autorizando o denegando la entrada a las mismas y estableciendo las condiciones de seguridad necesarias. Esta función está ligada a la agilización del organismos coordinadores de la informa ión sobre circulación de mercancías peligrosas a través de la Unión Europea. Esta función está vincul d a la plicación en el estado español de la Directiv 93/75/CEE y el Re l Decreto 1253/1997. 5.4 La tercera función se realiza mediante las comunicaciones que se establezcan entre la Autoridad Portuaria y las Terminales de Carga o Empresas Estibadores y su finalidad es facilitar a la autoridad competente la localización exacta de las mercancías peligrosas, así como los datos reales de movimiento de las mismas. Este circuito no es de obligado cumplimiento y su establecimiento dependerá de las decisiones que se tomen al respecto dentro de cada comunidad portuaria. Capitanía Marítima SASEMAR

Procedimiento de tramitación de mercancías peligrosas en el Puerto de Barcelona

Versión 1.0 01-05-2003

5

Versión 2.4

Mayo de 2003

Procedimiento de tramitación de mercancías peligrosas en el Puerto de Barcelona

Expedidor

Armador

Dangerous Cargo Manifest

Versión 2.4 Autorización

Solicitud/declaración de MMPP Información del RD 1253/1997

17

Mayo de 2003

Información del RD 1253/1997

MMPP a cargar

Solicitud/declaración de MMPP

Información del RD 1253/1997

Centro de Información

Operador del buque

Autoridad Portuaria

Autorización

Información del RD 1253/1997

Información del RD 1253/1997

Ubicación de MMPP

Autorización

Externo a la comunidad portuaria Interno a la comunidad portuaria

Centros de Información de otros países

Procedimientos definidos por los Puertos de Barcelona, Bilbao y Valencia

Terminal de carga

Procedimientos a definir en cada Comunidad Portuaria

Procedimientos a definir por el Centro de Información, las Autoridades Portuarias y Sasemar

Otros procedimientos no recogidos

Figura 1: Esquema del procedimiento propuesto.

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Artículo 6.- Flujos de información asociados con las mercancías

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